Se podrán hacer barbacoas y utilizar hornillos de butano en la Romería de San Isidro
Con motivo de la reciente celebración del X Día del Caballo, informábamos a través de esta página web sobre la normativa del Plan INFOEX de la Junta de Extremadura que prohibía la utilización de barbacoas durante dicha celebración.
Ahora os comunicaros que, debido a una modificación en la orden publicada por el INFOEX, sí se permitirá la utilización de barbacoas y hornillos de butano en la Romería de San Isidro que celebraremos en la Charca Piedehierro de Guadiana del Caudillo el próximo 15 de mayo.
MODIFICACIÓN DE LA ORDEN PUBLICADA POR INFOEX:
MODIFICACIÓN DE LA ORDEN PUBLICADA POR INFOEX:
Con fecha de 2 de mayo de 2017, ha entrado en vigor la Orden por la que se modifica la Orden de 12 de abril de 2017 por la que se declara Época de Peligro Medio de incendios forestales en todas las zonas de coordinación del Plan INFOEX en Extremadura, (D.O.E Nº 82, de 2 de mayo de 2017), con prohibición total de las quemas en terreno forestal y su área de influencia de 400 metros, quedando en vigor el resto de regulaciones del uso del fuego y actividades, de acuerdo con lo establecido en la Orden de Peligro Bajo.
El motivo de esta modificación de la declaración de peligro medio de incendios forestales, es la mejora de las condiciones meteorológicas, con bajada de las temperaturas y la aparición de algunas precipitaciones que previenen el riesgo de incendio forestal, sin haber desaparecido sin embargo el riesgo total que provocó la declaración de peligro medio.
NORMAS DE UTILIZACIÓN DE LAS BARBACOAS
A) Solo se podrá encender fuego durante el día dentro de las barbacoas o lugares habilitados, en Peligro Bajo.
B) Está prohibido el uso del fuego en campo durante la Época de Peligro Alto de incendios forestales, generalmente del 1 de junio al 15 de octubre.
C) Las barbacoas portátiles no se emplazarán en puntos con riesgo de escape por vegetación seca o leñosa.
D) Es responsabilidad de los usuarios no encender o apagar el fuego con viento intenso, otras circunstancias locales, o riesgo elevado de incendio forestal consultable en AEMET (Agencia Estatal de Meteorología).
E) No se abandonará el fuego hasta que no esté apagado. La limpieza de cenizas, sin brasas o rescoldos, solo se podrá hacer en contenedores o lugares sin riesgo de arder.
F) Eventualmente, el titular de la Zona podrá suspender el uso del fuego por indicación o precintado.
G) Cualquier escape debe intentar apagarse, o avisarse al 112 o titular de esta zona de barbacoas.
A) Solo se podrá encender fuego durante el día dentro de las barbacoas o lugares habilitados, en Peligro Bajo.
B) Está prohibido el uso del fuego en campo durante la Época de Peligro Alto de incendios forestales, generalmente del 1 de junio al 15 de octubre.
C) Las barbacoas portátiles no se emplazarán en puntos con riesgo de escape por vegetación seca o leñosa.
D) Es responsabilidad de los usuarios no encender o apagar el fuego con viento intenso, otras circunstancias locales, o riesgo elevado de incendio forestal consultable en AEMET (Agencia Estatal de Meteorología).
E) No se abandonará el fuego hasta que no esté apagado. La limpieza de cenizas, sin brasas o rescoldos, solo se podrá hacer en contenedores o lugares sin riesgo de arder.
F) Eventualmente, el titular de la Zona podrá suspender el uso del fuego por indicación o precintado.
G) Cualquier escape debe intentar apagarse, o avisarse al 112 o titular de esta zona de barbacoas.
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