La movilidad a huertos de autoconsumo o explotaciones agrarias no profesionales será posible con la duración indispensable
Tras la reunión mantenida el 16 de abril por el Centro de Coordinación Operativo Policial de Extremadura, con motivo de los desplazamientos a explotaciones agrarias no profesionales (huertos de autoconsumo) durante el estado de alarma, se ha decidido que se podrá acceder a estas explotaciones para llevar a cabo su mantenimiento y cuidado de las parcela, así como la prevención de incendios forestales.
Según la Nota de Prensa emitida, «los citados desplazamientos únicamente podrán realizarse para llevar a cabo actividades de alimentación y cuidados de animales de naturaleza imprescindible por cuestiones de bienestar animal y salubridad pública así como para la recogida o recolección de frutos y productos alimentarios de procedencia animal o vegetal destinados a consumo o apoyo de la economía familiar. También para la realización de actividades de labores de cultivo y mantenimiento de parcelas e instalaciones asociadas y reparación de averías o mantenimiento de aquellas parcelas que puedan originar daños irreparables a la propiedad o a terceros».
Se aclara, asimismo, que «todas estas actividades, siempre que sea posible, se concentrarán en un mismo día, y la duración de la permanencia en estas explotaciones será la indispensable».
Por último, «las personas que se desplacen deberán llevar consigo la documentación identificativa y la justificativa del título de disposición de la explotación agraria no profesional».
Se aclara, asimismo, que «todas estas actividades, siempre que sea posible, se concentrarán en un mismo día, y la duración de la permanencia en estas explotaciones será la indispensable».
Por último, «las personas que se desplacen deberán llevar consigo la documentación identificativa y la justificativa del título de disposición de la explotación agraria no profesional».
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